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Extranjería · Estancia por estudios

Estancia de larga duración por estudios, concedida por cinco años

La resolución

Cómo se llevó el asunto

La autorización de estancia de larga duración por estudios es la que permite residir en España mientras se cursan los estudios. Este expediente era una solicitud inicial, para estudios universitarios, ante la Oficina de Extranjería de Madrid.

El despacho preparó la solicitud con la documentación que acreditaba cada requisito y la presentó en agosto de 2026. La resolución lo recoge así: del examen de la documentación aportada «se constata que se cumple con los requisitos establecidos» en la Ley Orgánica 4/2000 y en su Reglamento.

La Delegación del Gobierno en Madrid la concedió en octubre de 2026: 71 días entre la presentación y la firma. La autorización vale cinco años, de agosto de 2026 a agosto de 2031.

Además de estudiar, permite trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia sin ningún trámite adicional, siempre que sea compatible con los estudios y no pase de treinta horas semanales, y hacer prácticas curriculares. La propia resolución deja anunciado el paso siguiente: la cita para la TIE la asigna de oficio la Policía Nacional, que la comunica por SMS o por correo electrónico.

Cada expediente es único: depende de sus hechos, de su prueba y del órgano que resuelve. El resultado de un asunto no anticipa el de ningún otro, y los plazos que aquí se indican son los que tardó ese expediente concreto: los fija la Administración, no el despacho.

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