Qué hacemos
- Registramos obras en el Registro de la Propiedad Intelectual y preparamos la prueba de autoría y de fecha.
- Redactamos y revisamos contratos de cesión, de licencia y de encargo de obra.
- Actuamos frente al uso no autorizado de una obra: requerimiento, retirada y reclamación de daños cuando procede.
- Atendemos los requerimientos de las entidades de gestión de derechos y comprobamos si lo que reclaman corresponde.
- Le decimos qué derechos está cediendo antes de que firme, que es donde suele perderse todo.
Con qué suelen llegar
- Una obra propia que aparece usada en internet o en un local sin permiso.
- Un contrato firmado hace años que cede más de lo que se creía.
- Una reclamación de una entidad de gestión que no se sabe si procede.
- La necesidad de dejar por escrito quién es el autor y qué puede hacer cada parte con la obra.
La propiedad intelectual protege la forma en que se expresa una idea, no la idea. Y cuando lo que hay que proteger es un nombre o un logotipo, no es propiedad intelectual sino una marca —propiedad industrial, y otra oficina—: se lo diremos en la primera consulta, aunque no nos convenga.