Qué hacemos
- Redactamos y negociamos contratos de actuación, de gira y de representación artística.
- Revisamos el reparto de responsabilidades con la sala: aforo, seguridad, seguro y cancelación.
- Preparamos la autorización de residencia y trabajo y el visado del artista extranjero que viene a actuar a España, y los de su equipo.
- Ordenamos por escrito los derechos de autor y de imagen: qué se puede grabar, emitir y publicar después.
- Intervenimos cuando la actuación se cae: cancelación, fuerza mayor y devolución de entradas.
Con qué suelen llegar
- Una gira cerrada de palabra, con fechas ya anunciadas y sin contrato.
- Un artista de fuera de la Unión Europea al que hay que traer con los permisos en regla.
- Una cancelación y una discusión sobre quién paga qué.
- Una grabación del concierto que alguien quiere publicar y nadie sabe si puede.
De este área, la parte de extranjería —los permisos del artista que viene a actuar— es la que el despacho lleva a diario; la contractual se prepara con el mismo criterio. Y los plazos de esos permisos los fija la Administración, no el despacho: por eso conviene empezar por ellos y no por el cartel.