La resolución
Cómo se llevó el asunto
El cliente vivía y trabajaba en Barcelona sin autorización de residencia. Para esa situación exacta existe el arraigo sociolaboral: la vía que convierte una vida ya hecha en España —trabajo, tiempo, raíces— en una residencia legal con permiso de trabajo.
El despacho preparó la solicitud y la presentó ante la Oficina de Extranjería de Barcelona en octubre de 2025. Y entonces pasó lo que ningún expediente quiere: a mitad de tramitación cambió el Reglamento entero. El Real Decreto 316/2026 entró en vigor con el asunto todavía sin resolver.
Un cambio normativo a mitad de camino puede hundir un expediente o dejarlo en el aire. Este se resolvió ya bajo la norma nueva, con su disposición transitoria aplicada, y la Subdelegación del Gobierno en Barcelona concedió la autorización en mayo de 2026: 214 días de tramitación.
La autorización inicial tiene un año de vigencia y habilita a trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia en todo el territorio español. El cliente pasó de no poder trabajar legalmente a poder firmar un contrato.
Cada expediente es único: depende de sus hechos, de su prueba y del órgano que resuelve. El resultado de un asunto no anticipa el de ningún otro, y los plazos que aquí se indican son los que tardó ese expediente concreto: los fija la Administración, no el despacho.